Dictada sentencia del Juzgado de lo Contencioso Nº 3 de Murcia, por la que estimando nuestra demanda contra el COITIRM por uso indebido de una denominación no autorizada, se declara que el Colegio Oficial de Ingenieros Técnicos Industriales de la Región de Murcia ha incurrido en la vía de hecho al hacer uso de hasta dos denominaciones distintas a la estatutaria y no autorizadas, como son: “Colegio Oficial de Ingenieros Técnicos Industriales y de Grados de la Rama de Ingeniería de la Región de Murcia”, y la de “Colegio Oficial de Graduados en Ingeniería de la Rama Industrial y de Ingenieros Técnicos Industriales de la Región de Murcia”, y condenando al Colegio Oficial de Ingenieros Técnicos Industriales de la Región de Murcia (COITIRM) a cesar completamente el uso en cualquier rótulo, identificación, páginas web, redes sociales, documentos, etc., en los que pueda seguir usándolo, de cualquier denominación que no sea la actualmente vigente.