Os remitimos sentencia que nos ha enviado del Decano del Principado de Asturias en la que se establece que aunque unos estatutos de un Colegio, en este caso de Ingenieros de Minas,  establezcan que los funcionarios están libres de colegiación obligatoria, estos se deben colegiar obligatoriamente dado que es competencia del Estado liberarles de esa obligación.

La sentencia recoge con claridad la doctrina constitucional y, como hemos explicado en anteriores ocasiones, es aplicable a nuestro caso a pesar de las dispensas que establece la Ley de Colegios Autonómica y nuestros propios Estatutos, ya que se trata de una competencia reservada por Ley al estado.

Es una sentencia de Primera Instancia, por tanto puede que sea recurrida al TSJ de Asturias.

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