Se adjunta una reciente STS, del día 18 de julio, validando por vez primera en el TS la medida de colegiación obligatoria promovida de oficio por un Colegio Profesional.

La previsión estatutaria que habían incluido estableciendo esta colegiación obligatoria de oficio había sido rechazada por una Administración autonómica, la Valenciana, al hacer el control de legalidad del Estatuto Particular/Reglamento Interior que la recogía, correspondiente al Colegio de Ópticos-Optometristas de la Comunidad Valenciana. Finalmente el TS ha dado la razón al Colegio considerando válida la colegiación obligatoria de oficio para quien ejerza una profesión de colegiación obligatoria.

Accede a la sentencia