El pasado 31 de octubre, la Audiencia Nacional estimó íntegramente el recurso que la CNMC interpuso contra las resoluciones de 8 de agosto y de 5 de octubre de 2018 del Ayuntamiento de Bilbao, por las que denegaba que Ingenieros Industriales pudieran realizar informes de inspecciones técnicas de edificios (ITEs) (UM/147/16).

El fallo, en contra de las tesis del municipio, confirma las consideraciones de la anterior Sentencia de la Audiencia de 10 de septiembre de 2018 en materia de reservas profesionales. De ahí la importancia de este segundo fallo favorable para los procedimientos en curso y para futuras impugnaciones.

En esencia, la Audiencia Nacional considera que la reserva de la actividad, que supuestamente atribuiría la Ley 38/1999, de 5 de noviembre (LOE), a los arquitectos en el ámbito de ITES, no existe como tal. Según la AN, “Las ITES no tienen la naturaleza de proyectos de obras ni de dirección de obras, ni de dirección de ejecución de obras”. Simplemente, se trata de un informe sobre un edificio ya construido.

Para vuestra información, este tema lo hemos venido publicando en noticias anteriores:

https://coiirm.es/actualidad/la-audiencia-nacional-confirma-que-los-ingenieros-industriales-son-competentes-para-elaborar-iee/

https://coiirm.es/actualidad/sentencia-audiencia-nacional-ayuntamiento-de-bilbao/

https://coiirm.es/actualidad/audiencia-nacional-respalda-ingenieros-industriales-realicen-informes-de-evaluacion-de-edificios/

Para resolver cualquier duda sobre esta cuestión, el COIIRM queda a vuestra disposición a través de nuestra dirección de correo electrónico o formulario de contacto.