En fecha 7 de febrero de 2019, el Sr. Galdón colgó un comentario en Twitter sobre una sentencia del TSJ de Madrid que, según él, establecía que los ingenieros técnicos industriales se pueden presentar a las oposiciones al cuerpo de Ingenieros Industriales del Ministerio de Industria. Leída la sentencia, la cuestión no es exactamente así. Los hechos son los siguientes:

  • El Sr. Galdón se presentó a las oposiciones de cuerpo de Ingenieros Industriales y posteriormente el Ministerio lo excluyó por no tener la titulación adecuada.
  • Presentó recurso de reposición al Ministerio contra su exclusión de la oposición e inicialmente el Ministerio emitió una resolución estimando el recurso del Sr. Galdón, pero a los días le emitió una nueva resolución desestimándolo. Esta cuestión no es clara, el Ministerio dice que la primera resolución, no era una resolución sino una propuesta de resolución de la Subdirección General y en la descripción del expediente administrativo de la sentencia no aparece, lo que aporta Galdón es una propuesta de resolución firmada por la Subdirectora, no por el Subsecretario.
  • El Sr. Galdón recurre en el TSJ de Madrid diciendo que la resolución que vale es la primera. Y el Tribunal le da la razón, y dice que la primera resolución no se puede anular sin informe del Consejo de Estado. Pero no dice nunca que deba ser admitido ni entra en esa cuestión.
  • Y a tenor de lo que dice el TSJ de Madrid, no ha habido recurso de casación.

Los abogados del Consejo General de Colegios Oficiales de Ingenieros Industriales (CGCOII) lo están estudiando para ver si hay opciones de actuación, y están buscando información sobre cómo está realmente el asunto. Por ahora la Audiencia ha dado la razón a los Ministerios en cuanto al acceso a los cuerpos de ingenieros, solo a Ingenieros.

Lo que dice el Sr. Galdón en redes:

“Los Graduados en Ingeniería de la rama Industrial podemos optar al cuerpo de Ingenieros Industriales del Estado.

Ayer me comunicaron la firmeza de la Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid que declara en vigor la resolución del Ministerio de Industria por la que aceptan mi recurso de reposición y me incluyen en la lista de admitidos al proceso selectivo de acceso libre al cuerpo de Ingenieros Industriales del Estado del año 2016 con el título de Grado en Ingeniería Eléctrica. ¿Y ahora qué?…

Ya tenemos una Sentencia del Tribunal Supremo  https://bit.ly/2QZ7IJ3 (09/03/2016) otra del TSJM https://bit.ly/2R3kfeU (31/05/2018) que a su vez modifica el criterio de sentencias anteriores, y ahora esta última que también reconoce nuestro derecho. https://goo.gl/HM8F2H (en este enlace están los documentos-resolución, firmeza y sentencia) ¿Que más hace falta para que el Ministerio y algunas administraciones cumplan la Ley y las Sentencias?

Tenemos un grave problema cuando el poder ejecutivo no respeta ni al legislativo ni al judicial…”

Fuente: CGCOII