Solicitud Protección por cese de actividad (“paro”) de autónomos.

Con motivo del COVID-19, el Gobierno ha aprobado una prestación extraordinaria a todos los autónomos que la soliciten, aunque no coticen por ella de un mes, prorrogable si el Estado de Alarma se amplía, y se aplica a los que han tenido que suspender su actividad por no permitirla el COVI o, también, si, aun realizando la actividad, esta ve reducidos sus ingresos en un 75 %. (Artículo 17 del Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19)